El sustantivo femenino disculpa, según el DRAE, significa ‘razón que se da o causa que se alega para excusar o purgar una culpa’. Si nos regimos por esta acepción, solo tendríamos que dar u ofrecer disculpas. 
Pero al buscar en el mismo diccionario encontramos que el verbo disculpar en su tercera acepción se refiere a que se puede ‘pedir indulgencia por lo que ha causado o puede causar daño’, significado que se sustenta en la frase «pedir disculpas», que consta en el DRAE como locución verbal.
 En sí las acciones de «pedir disculpas» u «ofrecer disculpas» tienen la misma carga semántica: equivalen a ‘disculparse’. 
Por lo tanto, cuando decimos «le pedimos disculpas» no exigimos que el receptor se disculpe ante nosotros, todo lo contrario: solicitamos que acepte nuestras disculpas; es decir, se le pide que nos disculpe.

 
 
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